Queridos hermanos:

 

Os adjuntamos la Resolución del Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña de 28 de agosto en relación a las medidas para prevenir el contagio de la Covid-19.

 

El punto 2 del decreto (en amarillo en el documento adjunto) finalmente no establece ningún límite de aforo ni ningún otro requisito especial "a las actividades de culto y actos religiosos".

 

Os recordamos, como ya hacéis, que tenemos que mantener las distancias y el uso de mascarillas según lo que estamos llevando a cabo y lo que ya tenemos dispuesto para las celebraciones.

 

Recibid un saludo cordial.