Queridos hermanos:
Os adjuntamos la Resolución del Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña de 28 de agosto en relación a las medidas para prevenir el contagio de la Covid-19.
El punto 2 del decreto (en amarillo en el documento adjunto) finalmente no establece ningún límite de aforo ni ningún otro requisito especial "a las actividades de culto y actos religiosos".
Os recordamos, como ya hacéis, que tenemos que mantener las distancias y el uso de mascarillas según lo que estamos llevando a cabo y lo que ya tenemos dispuesto para las celebraciones.
Recibid un saludo cordial.
Adjunto | Tamaño |
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RESOLUCIÓ SLT 28 d'agost 2020-convertido.pdf | 57.65 KB |